15 February 2017
15 February 2017,
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Todos los contribuyentes, excepto los asalariados y del régimen de arrendamiento, pueden deducir la compra de una bicicleta tradicional o de una moto o bici eléctrica para su empresa o transporte. Aquí te explicamos como:

Este 2017 todas las personas físicas con actividad empresarial  o las que laboran por honorarios y las personas morales podrán deducir 25 por ciento del valor de una bicicleta convencional y de motos o bicis eléctricas.

Para ello será necesario que la persona utilice estos medios de transporte para desempeñar su trabajo. Por ejemplo, si la utilizas para transportarte al domicilio en el que laboras o si tienes pensado adquirir este tipo de transporte para ofrecer servicios de mensajería.

Un ejemplo sencillo puede ser el de un diseñador que cobra por honorarios y compra una bicicleta para transportarse a su centro de trabajo. También puede ser una persona física con actividad empresarial como el dueño de una pizzería que decide comprar tres o cuatro bicis o motocicletas eléctricas para la entrega de sus productos a domicilio.

En sentido estricto, el uso de la bicicleta debe ser vital para desarrollar tu actividad, es decir debe ser utilizada para generar ingresos.

En el caso de una persona moral, la deducibilidad puede ser para una empresa que decida incursionar en el negocio de la renta de bicis o motocicletas eléctricas; en ese caso podrá deducir el 25 por ciento de cada bicicleta que adquiera.

Para deducir el costo del vehículo al 100 por ciento tendrán que pasar cuatro años, puesto que cada año se deduce un 25%. La deducción puede aplicarse a partir del mes de la compra y extenderse hasta los siguientes 48 meses.

Si una bici te cuesta cuatro mil 800 pesos, se pueden deducir 100 pesos cada mes.

Este beneficio no aplicará para las personas que se desempeñan en el régimen de asalariados o de arrendamiento.
Esta deducción se impulsó como parte del Paquete Económico de 2017 con el objetivo de fomentar el uso de transporte alternativo a los que utilizan combustibles fósiles.

¿Y los autos?


La deducción inmediata para automóviles eléctricos no aplica, pero lo podrás deducir en cuatro años por un total de 250 mil pesos.
Para ello la propulsión del automóvil debe ser a través de baterías eléctricas recargables, motor híbrido o accionado por hidrógeno.
Si no compras, pero haces uso temporal de este tipo de auto podrás deducir $285 pesos diarios.

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